Medidas anunciadas por el Banco Central en rueda de prensa del 18 de marzo de 2020

1. Sobre las medidas adoptadas con respecto a las tasas de interés

A. El Comité de Operaciones del Estado Abierto (COMA) decidió reducir la Tasa de Política Monetaria (TPM) en 100 puntos básicos. De 4.50 % a 3.50 % anual. Con el objetivo de incentivar la baja generalizada de las tasas de interés del sistema financiero, a través del mecanismo de transmisión de política monetaria.

B. Para proveer liquidez a un costo más bajo a entidades financieras se aprobó la disminución en 150 puntos básicos en la tasa de interés de facilidad permanente de expansión de liquidez (REPOS [1] a un día), pasando de 6 % anual a 4.50 % anual.

C. Se reducirá la tasa de interés de depósitos remunerados de corto plazo en el Banco Central (overnight) de 3 % a 2.50 % anual, a los fines de contribuir a reducir la tasa de interés interbancaria y el costo de fondeo de las entidades financieras.

2. Medidas de liquidez en moneda local

A. Se flexibilizarán los requisitos de cobertura del encaje legal en moneda nacional de las entidades financieras, reconociendo los títulos del Banco Central y del Ministerio de Hacienda como cobertura válida por el monto de hasta RD$22,21.0 millones, lo que representa un 2 % del coeficiente del encaje legal. Este monto deberá ser distribuido de la manera siguiente:

- RD$10,000 millones deberán ser destinados a préstamos a los hogares y a las Mipymes, así como al sector comercio.

- RD$12,321.0 millones serán canalizados a los sectores productivos, principalmente al turismo y al sector exportador.

B. En todos los casos, la tasa de interés no podrá ser mayor a 8 % anual.

C. Los préstamos que otorguen serán clasificados en la categoría de riesgo A, con cero provisiones.

D. El Banco Central habilitó la ventanilla de provisión de liquidez a las entidades financieras a través del mecanismo REPOS, hasta 90 días, con un monto de hasta RD$30,000 millones, utilizando como garantía los títulos del Banco Central y del Ministerio de Hacienda.

E. Las entidades financieras podrán acceder a esta facilidad con tasas de interés de 4.75 % para REPOS de hasta 30 días y 5 % para REPOS entre 31 y 90 días, pudiendo ser renovadas mientras persistan las condiciones de incertidumbre.

3. Medidas de liquidez en moneda extranjera

A. El Banco Central se compromete a proveer liquidez al mercado por más de USD$500 millones.

B. Se inyectará liquidez en moneda extranjera por un monto de hasta USD$300 millones, a través de operaciones de REPOS de 90 días, utilizando como garantía los títulos del Ministerio de Hacienda que estén dolarizados.

C. Se flexibilizarán –temporalmente– los requisitos de cobertura del encaje legal en moneda extranjera en bancos múltiples, reconociendo los títulos del Ministerio de Hacienda en dólares como cobertura válida de hasta USD$222 millones, lo que significa que se podrá utilizar el 2.5 % del encaje legal para facilitar la canalización de divisas a sectores generadores como el turismo y las exportaciones.

4. Tratamiento regulatorio especial para deudores

A. Se permitirá reajustar el cronograma de pago de los deudores bancarios, sin que se registren costos adicionales.

B. Se autoriza a las entidades financieras a congelar las calificaciones y provisiones de los deudores a nivel de que se encuentran al momento de la aprobación de la resolución.

C. Se autoriza que las reestructuraciones de crédito que impliquen modificaciones de tasas de interés, de pagos de cuotas y condiciones, mantengan la clasificación del deudor al momento de la reestructuración, a los fines de no aumentar la tasa de interés.

D. Se autoriza a que sean considerados como no vencidos aquellos préstamos desembolsados contra líneas de crédito por un periodo de 60 días. Estas medidas comprenden una dispensa del pago del capital del préstamo en ese periodo, beneficiando el flujo de caja de ese deudor.

E. Se autoriza la extensión por 90 días del plazo otorgado al deudor para la actualización de garantías correspondientes a tasaciones, de manera que podrán realizarse desembolsos de préstamos flexibilizándose a favor del deudor el requisito de presentación de garantías actualizadas.


Fuente: rueda de prensa del Banco Central de la República Dominicana del 18 de marzo de 2020.

Notas

[1] REPOS son las operaciones financieras que consisten en la compra/venta de unos valores –generalmente renta fija o a corto plazo como bonos, letras u obligaciones–, con el pacto de recomprarlos/revenderlos al cabo de un tiempo, es decir, concurren dos operaciones de signo contrario con distinta fecha de ejecución. Se trata, entonces, de un acuerdo por el que una parte compradora cede efectivo a plazo y recibe un activo financiero –títulos o bonos– como garantía por parte de la contrapartida, con el compromiso de que la parte vendedora le recompre en una fecha futura entregando el efectivo más intereses.