La toga y el birrete: ¿pueden suprimirse?

Dicen que en la antigüedad la toga era una prenda de vestir usada como distintivo de una clase social. Hoy en día, la toga es un símbolo de solemnidad en los tribunales y en graduaciones académicas.

En los tribunales dominicanos, con excepción de aquellos de niños, niñas y adolescentes, es obligatorio el uso de toga y birrete, en virtud del artículo 11 de la Ley número 821 de Organización Judicial de 1927. Ese texto establece el material de que debe estar confeccionada la toga, así como sus medidas:

“La toga será de alpaca o seda negra lisa con un cuello cuadrado en la espalda, de 20 pulgadas de largo por 17 pulgadas de ancho y que se continúa en la parte delantera de cada lado de la abertura del frente con una franja de 7 pulgadas de ancho hasta el ruedo y unida al borde de la toga. El cuello y estas franjas serán de tela negra, lisa, brillantes y forrados. La toga será lisa excepto el paño de atrás que será tachonado a partir de la cintura. Las mangas serán tachonadas en el hombro y con una bocamanga de 6 pulgadas de ancho, y de la misma calidad de la tela del cuello y de las franjas.

El color de las bocamangas será como sigue:

a) Para los jueces de la Suprema Corte, morado obispo;
b) Para los jueces de las cortes de apelación y del Tribunal de Tierras, la mitad superior, morado obispo y la otra mitad negra;
c) Para los jueces de primera instancia, negra con un filete morado obispo de un cuarto de pulgada de ancho en el borde superior;
d) Para los procuradores generales y procuradores fiscales, negra y azul copenhague en la forma usada por los jueces de las cortes o tribunales donde ejercen sus funciones;
e) Para los abogados, la bocamanga será negra”. (La bocamanga es la parte inferior de la manga, por donde sobresale la mano)”.

La ley que mencionamos, en su artículo citado, también indica cómo debe ser el birrete:

“El birrete será hexagonal, de color negro y confeccionado en el mismo material del cuello de la toga. Deberá llevar una borla redonda de hilos de seda, en el centro de la parte superior. Esta borla será de color morado obispo para los jueces, azul copenhague para los procuradores generales y los procuradores fiscales y blanca para los abogados”.

La ley establece otra formalidad adicional en el vestir para las audiencias: el uso de camisa blanca y corbata negra.

Desde que yo era estudiante de Derecho, algunos propugnaban, en los pasillos universitarios, por la eliminación de la toga y el birrete. Esa discusión la he escuchado en algunos corrillos judiciales. El argumento más común: en un país tropical, con unas salas de audiencia en las cuales, en su mayoría, no hay aire acondicionado, es una verdadera molestia estar todo el tiempo con una ropa “prieta”. ¡Sobre todo en las audiencias penales de fondo, de duración maratónica!

Ciertamente, en muchos países solo los jueces usan togas y no llevan el birrete calado. Ejemplo de ello ocurre en los Estados Unidos. Me viene a la mente el famoso “juicio del siglo”, seguido a O. J. Simpson por el asesinato de su esposa y un amigo, entre 1994 y 1995. Solo tenía toga puesta el juez Lance Ito, ni Johnny Cochrane, ni el famoso “dream team” de la defensa llevaba toga, tampoco los persecutores, encabezados por Marcia Clark. Los hombres iban con la formalidad de saco y corbata y las mujeres con traje formal.

Es bueno apuntar que, en la República Dominicana, hasta la Ley de Organización Judicial de 1927, no era obligatorio el uso de toga y birrete. Sin embargo, había un uso. Muestra de ello es la fotografía de Tomás Bobadilla y Briones, primer presidente dominicano en 1844, en la cual se distingue claramente el birrete y la vestimenta formal.

Recuerdo que en mis tiempos de juez, en el Palacio de Justicia de Santiago, participé en sondeos informales entre jueces respecto al uso de toga y birrete: la mayoría estaba de acuerdo en que su uso debía mantenerse como un símbolo de solemnidad estandarizado. Razonaba alguno que si no se definía claramente cuál era la formalidad exigida, nos arriesgaríamos a que cada quien interpretara “vestimenta formal” como le diera la gana y que ello condujera a una falta de respeto cotidiana del orden que debe primar en los salones de audiencia.

En algunos tribunales interpretan esto hasta excesivamente. Recuerdo que una distinguida colega y exalumna tenía su camisa blanca, su corbata negra y su toga y birrete conforme la ley. Tenía además, una chaqueta color mamey sobre su blusa blanca. La secretaria del tribunal le urgió que se quitara la chaqueta, antes de que quien presidía el tribunal se lo exigiera.

Mientras tanto, todos seguiremos usando toga y birrete en la República Dominicana. Y el que tenga calor que lleve su abanico.